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Preguntas & Respuestas:
Para que un documento redactado en otro idioma que no sea el portugués surta efecto legal en la República Federativa de Brasil él debe estar acompañado de su respectiva traducción jurada. La traducción jurada tiene fe pública y es válida en todo el territorio nacional Usualmente, los documentos presentados para traducción jurada son partidas de registro civil, documentos personales, documentos escolares, contratos, poderes, balances, documentos empresariales, documentos para licitaciones, para registro de patentes y marcas, etc. La traducción jurada solamente la puede hacer un traductor público (o traductor jurado), que es un profesional aprobado por oposición pública, autónomo, reglamentado por Decreto Federal y que se somete a las normas y fiscalización de la Junta Comercial de su Estado de Habilitación que en el caso de la Traductora Pública (o Traductora Jurada) Simone Carvalho Barreto de Castro es Jucesp (Junta Comercial del Estado de São Paulo). El Traductor Público (o Traductor Jurado) está plenamente apto a hacer traducciones libres que son aquellas que no necesitan surtir efecto legal pero que también son extremadamente importantes.
Cuando se trata de una traducción, el texto de origen está en idioma extranjero y debe ser traducido al portugués. Cuando se trata de una versión, es el opuesto, o sea, el texto de origen está en portugués y debe ser traducido al idioma extranjero.
No, son el mismo idioma, que utiliza en España y en todos los países de América Latina (a excepción de Brasil) además de Filipinas (en Asia) y de Guinea Ecuatorial (en África). Más de 400 millones de personas en todo el mundo hablan el español (o castellano), lo que lo califica como cuarto idioma más hablado del planeta.
Depende de la programación de trabajo de la traductora en el momento y del tamaño de su traducción. Para saber con exactitud, solicite un presupuesto.
Solicite un presupuesto por teléfono: (0-XX-11) 3812-4560, fax (0-XX-11) 2506-9126, móvil (0-XX-11) 9909-1689 o correo electrónico.
Como parte de sus obligaciones, la Traductora Pública (o Traductora Jurada) Simone Carvalho Barreto de Castro debe mencionar en su traducción jurada si el documento de origen es un original, una copia certificada, una copia simple, un fax o un correo electrónico. Lo que pasa es que muchas veces, la entidad a la cual se destina no acepta copias, solamente documentos originales; es por este motivo que es recomendable verificar cuáles son las exigencias de la institución de destino de la traducción jurada.
Todavía las normas que rigen el oficio del Traductor Público (o Traductor Jurado) no prevén por esa posibilidad Sin embargo, la traducción libre se puede entregar al cliente en la media que le sea más conveniente (impresa, correo electrónico, disquete, CD-ROM u otros.)
El primer procedimiento es consularizar el documento en el Consulado de Brasil en el país donde fue emitido. Enseguida, hay que traducirlo con un Traductor Público (o Traductor Jurado) en Brasil. Después es prudente legitimizar la firma del Traductor Público (o Traductor Jurado) en la traducción jurada y presentarla a la institución destinataria.
Primeramente hay que verificar si el Consulado o Embajada del país en cuestión acepta las traducciones juradas hechas por Traductor Público (o Traductor Jurado) brasileño (España y Argentina no las aceptan). En caso positivo, es necesario obedecer las recomendaciones del Consulado o Embajada para los trámites de legalización. Cada uno de los Consulados o Embajadas tiene sus normas que cambian constantemente por lo tanto es recomendable comprobar antes de iniciar cualquier procedimiento para evitar aborrecimientos desnecesarios.
Comprobe en el Ministerio de Relaciones Exteriores en Brasilia si es necesario enviar el documento para legalización.
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